Copa DIGICEL Clausura ’13 - SPORTING DE SAN MIGUELITO CAMPEON! Sporting SM 4 - 1 San Francisco FC
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Reglamento Oficial

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FEDERACIÓN PANAMEÑA DE FÚTBOL

 

COMISIÓN DE FÚTBOL PROFESIONAL

REGLAMENTO DE COMPETENCIA

LIGA PANAMEÑA DE FUTBOL (LPF)
PRIMERA DIVISIÓN PROFESIONAL

 

 

Artículo 1°: Se convoca a los diez (10) clubes de la primera categoría profesional, debidamente afiliados a la FEDERACION PANAMEÑA DE FUTBOL (FEPAFUT), a participar en los Torneos de Apertura 2010 y Clausura 2011 de la LIGA PANAMEÑA DE FUTBOL (LPF), creada por la FEPAFUT, en la categoría profesional y en la categoría de reservas, organizados por la COMISION DE FUTBOL PROFESIONAL DE LA FEPAFUT, en disputa de la Copa DIGICEL PANAMA.

 

Artículo 2°: Los clubes con el deber y el derecho a participar en los respectivos torneos con sus equipos de la categoría profesional y de reservas, son los siguientes: ALIANZA, F.C., ATLÉTICO CHIRIQUÍ, ATLÉTICO VERAGÜENSE, CHEPO F.C., CHORRILLO F.C., C.D. PLAZA AMADOR, DEPORTIVO ÁRABE UNIDO, SAN FRANCISCO F.C., SPORTING SAN MIGUELITO,  y TAURO F.C.

LEYES Y REGLAMENTOS

 

Artículo 3°: El Campeonato se regirá por:

3.1   Por el presente Reglamento de Competencias de la LPF, debidamente aprobado por la Federación Panameña de Fútbol (FEPAFUT).

3.2   Estatutos de la FEPAFUT.

3.3   International Football Association Board (IFAB)

 

INSCRIPCIÓN DE EQUIPOS Y JUGADORES

 

Artículo 4°: Los Clubes deberán presentar carta formal, registrando su Junta Directiva y designando los Directivos con capacidad de firma para los respectivos trámites legales en la FEPAFUT.  Solo el Presidente de cada Club o quien éste designe, ostentará el poder para firmar o realizar gestiones ante la LPF.

Los actos y actuaciones de persona cuya firma no esté registrada ante la Liga, teniendo que estarlo, carecerán de valor y no podrán surtir efecto alguno.

Artículo 5°: Registro de contratos – Los contratos que suscriban los jugadores deberán registrarse ante la FEPAFUT.

Si los contratos no se registran como se dispone, no surtirán efecto alguno, ni podrán los jugadores participar en los Torneos o Campeonatos que organice la FEPAFUT.

Artículo 6°: Inscripciones.

Todos los clubes que deseen participar en los Torneo o Campeonatos que organice la FEPAFUT, deberán inscribir ante Dirección Ejecutiva, lo siguiente:

a)      Jugadores. (Mínimo 16 y Máximo 30) en cada categoría. En el caso de la Categoría Reservas, solo se permitirán inscribir a jugadores nacidos del 1ro de enero de 1991 en adelante.

b)      Cuerpos técnicos.

c)       Delegados de Campo.

d)      Uniformes oficial y alterno.

e)      Estadio sede.

f)       Pago de la suma de Trescientos Balboas (B/.300.00) en concepto de afiliación anual a la FEPAFUT y se obligan a cotizar ante la FEPAFUT el equivalente a $25.00 por partidos en las rondas regulares y el 7% de la recaudación bruta en cualquier otro  partido que juegue de local, en las semifinales y finales de los torneo.  Lo acumulado.

Artículo 7°: Solicitudes de inscripciones.

a)      Las solicitudes de inscripciones indicadas en el Reglamento, se harán por escrito, en original, excepto en el caso de los médicos.

b)      Las solicitudes de inscripción se harán en las horas y los días hábiles de la oficina de FEPAFUT, según corresponda y en los plazos que establezca el Reglamento.

Artículo 8°: Inscripción de banderas, escudos, colores oficiales y uniformes.

Al menos, diez días hábiles antes de iniciarse cada Torneo o Campeonato, los clubes deberán solicitar la inscripción, ante Dirección Ejecutiva, de su bandera, escudo y colores oficiales. Además, los clubes tienen la obligación de inscribir un uniforme oficial y otro alterno; asimismo, puede inscribir un tercero como opcional.  Deberá adjuntar fotografía o diseño gráfico a color de los uniformes, sin perjuicio de que durante el desarrollo del campeonato, puedan cambiarlos, siempre y cuando lo apruebe Dirección Ejecutiva.

 

Artículo 9°: Inscripción de jugadores y técnicos, procedentes de otros clubes.

Dentro de un mismo Torneo o Campeonato, sólo se permitirá la inscripción de jugadores provenientes de otros clubes o ligas afiliadas a la Federación o a FIFA, en los plazos y bajo las condiciones previstos en las Normas.

Por estar dividida la temporada de la LPF en dos torneos (Apertura y Clausura), sólo se permitirá la participación de miembros de cuerpos técnicos de otros clubes, de un torneo a otro; siempre y cuando, no hayan participado con otros clubes en el mismo torneo, ya sea de Apertura o Clausura.

Los jugadores y los miembros extranjeros de cuerpos técnicos, que sean inscritos por un club, podrán ser inscritos por otro, una vez finalizado el contrato correspondiente.

Artículo 10°: Documentos que deberán acompañar las solicitudes de Inscripción de jugadores.

a) Las solicitudes de inscripción de los jugadores deberán estar acompañadas de la documentación que a continuación se indica, la que para todos los efectos será la mínima indispensable y cumplir con los siguientes requisitos:

1.       Fotocopia de Cédula de identidad Personal (por ambos lados) para jugadores panameños y en caso de extranjeros, deberán presentar fotocopia de pasaporte vigente.

2.       Ficha técnica del jugador, bajo formato estándar de la FEPAFUT.  En el caso de menores de edad, la ficha debe esta rubricada por uno de sus padres o de su tutor, legalmente constituido.

3.       Los menores de edad deberán presentar certificado de nacimiento o copia de cédula de identidad juvenil para comprobar la edad.

4.       Contrato firmado por el jugador y la persona acreditada o el representante legal del Club; dicho contrato que se tendrá como válido, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 del Estatuto del Jugador.  La Dirección Ejecutiva de la LPF remitirá una de las copias del contrato del jugador a la Secretaría General de la FEPAFUT.  En el caso de Menores de Edad, los contratos deben estar firmados por uno de sus padres o de su tutor, legalmente constituido, bajo las normativas dictadas por la FIFA para dicho trámite.

5.       Foto física o digital, vía correo electrónico, para la elaboración del carnet del jugador.

6.       Certificado internacional de transferencia (CTI) o pase internacional, cuando corresponda.

7.       Certificado de Buena Salud.

NOTA: El Periodo de inscripción de jugadores correspondiente al Torneo Apertura 2010 se extenderá hasta el jueves 26 de agosto de 2010 a las 5:00 p.m. No obstante, se abrirá un período de inscripción de una semana desde la finalización de la fecha novena hasta las 5:00 p.m. del día anterior al inicio de la fecha décima, válido únicamente para jugadores desempleados.

El Periodo de inscripción de jugadores correspondiente al Torneo Clausura 2011 se extenderá hasta el miércoles 16 de febrero de 2011 a las 5:00 p.m. No obstante, se abrirá un período de inscripción de una semana desde la finalización de la fecha novena hasta las 5:00 p.m. del día anterior al inicio de la fecha décima, válido únicamente para jugadores desempleados.

 

Artículo 11°: Sujeción de los extranjeros al ordenamiento jurídico panameño.

En los contratos que suscriban los jugadores y los miembros extranjeros de cuerpos técnicos, se incluirá, necesariamente, una cláusula que exprese claramente que conocen y se sujetan al ordenamiento jurídico panameños, a los  reglamentos de LPF, a los estatutos y reglamentos de la Federación Panameña de Fútbol, así como a las resoluciones y acuerdos.

Artículo 12°: Trámite de solicitudes de inscripción.

Las solicitudes de inscripción serán presentadas dentro de los plazos señalados en las Normas y en el Reglamento, en horas y días hábiles de la oficina receptora que señale la LPF, según corresponda, donde se les pondrá razón de recibido, indicando el día y la hora en que aquéllas fueron presentadas y las someterá a conocimiento y resolución de la Dirección Ejecutiva.

Las solicitudes de inscripción que no cumplan con el requisito establecido, serán rechazadas y devueltas al club solicitante.

La Dirección Ejecutiva conocerá de las solicitudes de inscripción que le corresponda resolver, cuando cumplan los requisitos establecidos en el Reglamento.

No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, Dirección Ejecutiva podrá dejar pendientes los trámites que a su juicio sólo incumplan requisitos formales y administrativos, como la presentación de documentos faltantes, sujetos a que éstos sean debidamente subsanados.  En el caso de los Pases Internacionales, se autorizará el trámite administrativo, pero solo se habilitará al jugador al momento de llegar el mencionado documento.

 

Artículo 13º: Solvencia de Multas, Deudas.

El pago de las penalidades del Torneo Clausura 2010 se cancelará, a más tardar, el día lunes 26 de julio de 2010 y el pago de las penalidades del Torneo Apertura 2010 se cancelará, a más tardar, el día lunes 31 de enero 2011, hasta las 5:00pm en las oficinas de la FEPAFUT, donde una vez efectuado el pago de multas, deudas y/o penalidades la Dirección Ejecutiva de la FEPAFUT extenderá el respectivo PAZ Y SALVO.

Nota: Los clubes que no cumplan a tiempo con los pagos respectivos, no estarán habilitados para efectuar sus subsiguientes trámites y/o encuentros hasta que cancelen, además se le aplicará una multa equivalente al doble de lo no-cancelado, además de lo que establezca por esta falta el Reglamento Disciplinario de la FEPAFUT.

DE LOS JUGADORES

Artículo 14º: Los clubes tendrán derecho a mantener inscritos en su nómina de la Categoría Profesional hasta un máximo de cinco (5) jugadores extranjeros, los cuales podrán participar simultáneamente en un partido de esa Categoría.  El Club podrá inscribir hasta tres (3)  jugadores extranjeros en la Categoría Reserva. Los cuales  no contaran entre los cinco (5) jugadores extranjeros mencionados, y solo podrán jugar en la categoría de reserva.

Artículo 15º: El club que tenga llena la cuota de extranjeros, podrá sustituirlos; enviando a la FEPAFUT una notificación por escrito, comunicando las bajas y reemplazándolos con otro para completar su cuota, dentro de las fechas establecidas en este reglamento.

Artículo 16º: Cada inscripción o desinscripción de jugadores deberá hacerse mediante notificación escrita.  Solamente se podrá inscribir jugadores dentro de las fechas establecidas, la Dirección Ejecutiva notificará a los clubes, vía correo electrónico, sobre las altas y bajas que se den hasta 48 horas antes del inicio del partido, de tal manera que los clubes se enteren de las habilitaciones.

Artículo 17º: Un jugador que haya sido desinscrito, no podrá ser inscrito nuevamente en el mismo Torneo.

  • En caso, de que un Jugador sea dado de baja formalmente por un Club en el Torneo de Apertura, el mismo podrá ser inscrito nuevamente por el mismo u otro Equipo en el Torneo de Clausura, luego que presente nuevamente los requisitos de inscripción correspondientes.

 

Artículo 18º: Solamente se permitirán las inscripciones de jugadores, presentadas a las oficinas de FEPAFUT y notificadas a la Dirección Ejecutiva de la Comisión de Fútbol Profesional, dentro de las fechas establecidas.

PROGRAMACIÓN

Artículo 19º: Los calendarios de juegos serán aprobados por la COMISION DE FUTBOL PROFESIONAL de la FEPAFUT en base a los criterios establecidos por la empresa comercializadora de la LPF, denominada PRODENA, respetando el principio, si fuese aplicable el caso, de visita recíproca.

Artículo 20º: Las fechas asignadas en el calendario de juegos podrán ser modificadas por PRODENA o la COMISION DE FUTBOL PROFESIONAL, de acuerdo a situaciones no previstas, sin afectar la condición de Club local, excepto para el caso de que  el partido se pretenda realizar en el Estadio Rommel Fernández, en cuyo caso el club local podrá aceptar la propuesta de PRODENA.

Artículo 21º: La LPF determinará, previa consulta con los clubes involucrados, la reprogramación de los encuentros suspendidos en los casos donde medie fuerza mayor.

Artículo 22º: A fin de no dejar partidos pendientes al terminar cada jornada, el partido que se suspendiera por causas naturales o de fuerza mayor, deberá programarse, sin afectar la condición de Club local  dentro de las próximas 24 horas.  De no poder realizarse el encuentro posterior  a esto, será potestad de la LPF la reprogramación del partido.

22.1            Sólo se dará por válido oficialmente un partido suspendido, después de transcurrido el Minuto Setenta y cinco (75) por condiciones climatológicas u otra causa de fuerza mayor.

Artículo 23º: En caso de volverse a suspender el partido, por persistir causas que obligaron a suspenderlo; se programará, según la decisión de PRODENA y la COMISION DE FUTBOL PROFESIONAL, sin afectar la condición de Club local.

Artículo 24º: Las fases subsiguientes serán programadas en formas continuas a la primera fase.

CELEBRACIÓN DE LOS JUEGOS

Artículo 25º: Todos los juegos se llevarán a cabo conforme a las reglas de juego promulgadas por el International Football Association Board (IAFB), publicadas por FIFA.

Artículo 26º: Los juegos se celebrarán en los estadios autorizados por FEPAFUT, conforme al calendario de juegos establecido por PRODENA y la COMISION DE FUTBOL PROFESIONAL.

 

Artículo 27º: Todo club que actuare como Local coadyuvará a dar plena garantía al Club Visitante, tanto en la seguridad de las personas que representaren deportivamente a este, como a los árbitros, autoridades deportivas y el público en general, así como cumplir fielmente con los compromisos adquiridos por la LPF con El Gran Patrocinador y Patrocinadores Oficiales.

Artículo 28º: El balón oficial a usarse durante el torneo será determinado y facilitado por la LPF conforme al acuerdo de patrocinio alcanzado por PRODENA con MITRE.

Artículo 29º: Se permitirá en la banca de cada equipo a los miembros del Cuerpo Técnico únicamente, en su orden: Director Técnico, Asistente, Médico, Kinesiólogo, Preparador Físico, Preparador de Arqueros y Utilero, hasta una máximo de siete (7) personas, e igualmente hasta siete (7) jugadores designados como Suplentes, identificados plenamente; además de un Delegado de Campo del Club, debidamente identificado.

29.1            Al momento de presentar la planilla de juego, la misma deberá estar firmada por el Director Técnico.

29.2 PRODENA emitirá una credencial a cada Club, que identificará al Delegado de Campo.

29.3            El jugador que no se encuentre presente a la hora de la revisión arbitral (por lo menos, 30 minutos antes de iniciar el partido), no podrá ser incluido en la planilla de juego y por ende, no podrá ser incluido posteriormente.

29.4            El equipo que presentase en su planilla de juego, menos de catorce (14) jugadores, se hará acreedor a una sanción económica de US$.500.00.

29.5            Cada club podrá realizar tres (3) cambios de jugadores durante el desarrollo del partido en la Categoría Profesional y cinco (5) cambios en la Categoría Reservas.

29.6            El jugador que sea expulsado en tres (3) ocasiones con tarjeta roja directa durante el mismo Torneo, será retirado del mismo.

29.7            El miembro del cuerpo técnico que sea expulsado deberá ser retirado del área técnica y le corresponderá igual sanción que la establecida para los jugadores o sea de 2 partidos inmediatos al partido que fue expulsado, independientemente de la resolución posterior de la Comisión Disciplinaria.

29.8            El jugador que sea sustituido durante el partido deberá dirigirse a la banca de su equipo hasta la finalización del partido, a excepción de los jugadores lesionados y los que sean sustituidos en el medio tiempo del encuentro.

29.9            Los equipos deberán presentarse al Estadio, como mínimo, una (1) hora antes del inicio del partido.

29.10        El Comisario del partido entregará las planillas de alineación a los equipos, al momento de su llegada al Estadio, anotando la hora de entrega de la misma.

29.11        Durante los torneos, los Clubes tendrán la obligación de utilizar en la cancha 540 minutos de juego como mínimo por Torneo, a uno o más Jugadores panameños nacidos en el año de 1991 y siguientes. Los Clubes participantes podrán acumular los minutos en que intervengan cada uno de los Jugadores mencionados con el objeto de cumplir con el mínimo requerido.

Los Clubes que al término de la Jornada 18 de los Torneos correspondientes que no hubiesen utilizado en cancha a uno o más Jugadores nacidos en el periodo antes citado, en por lo menos 540 de los minutos jugados durante dicho Torneo, se harán acreedores a una sanción consistente en la disminución de 3 puntos de los obtenidos a lo largo del mismo, que se reflejará en la Tabla General de Clasificación.

Se contabilizarán como máximo 180 minutos por partido, no importando el número de Jugadores considerados en las categorías antes mencionadas que participen en cada partido.

Para contabilizar el número de minutos jugados se tomarán en cuenta por toda la Temporada los jugadores menores a la fecha de registro, aún y cuando hayan sido transferidos de un Club participante a otro Club participante del Torneo de que se trate.

29.12        Los clubes que aportan 4 o más jugadores en una convocatoria para partidos de una Selección Nacional podrán solicitar a la Dirección Ejecutiva la reprogramación de su partido, solo en el caso de que el equipo rival en turno no aporte jugadores a la selección, o bien aporte jugadores manteniendo una diferencia de 4 jugadores entre uno y el otro club.

RÉGIMEN DISCIPLINARIO

Artículo 30º: Regirán las disposiciones contenidas en el Reglamento Disciplinario vigente aprobado por la FEPAFUT, así como las disposiciones contenidas en el Reglamento Disciplinario de la FIFA, y serán de estricto cumplimiento.

Artículo 31º: Los equipos podrán aplicar sanciones disciplinarias a sus integrantes de conformidad con su reglamento interno respectivo.  Dicho Reglamento deberá ser registrado en la FEPAFUT para su debida validez.

 

UNIFORMES, COLORES Y DISTINTIVOS

Artículo 32º: Cada equipo utilizará los uniformes registrados, al momento de su inscripción.  El equipo visitante deberá llevar su uniforme alternativo o bien el principal, pero que sea contrastante al uniforme principal registrado del equipo local.  De no cumplir cualquiera de los 2 equipos con lo dispuesto en el presente artículo, el que incumpla será sancionado económicamente con una multa de US$.1, 000.00.

Los uniformes de los arqueros deberán ser contrastantes en ambos equipos, en caso de no serlo, el arquero podrá utilizar cualquier camiseta que lo diferencie, con el calentador con su número por debajo.  El equipo que desee cambiar de uniforme después de la primera mitad de juego por causas justificadas, podrá hacerlo, siempre y cuando el uniforme que cambiara fuere del mismo color con el que se inició el encuentro y con la misma numeración de los jugadores registrados en la nómina del equipo.  La violación al presente precepto será sancionado de acuerdo al Reglamento Disciplinario.

La Dirección Ejecutiva de la LPF confirmará los colores de los uniformes, previo a cada jornada, bajo los dictámenes arriba enunciados.

Artículo 33º: Ningún equipo podrá registrar como suyos los colores y diseños de otros clubes afiliados a la FEPAFUT, que por antigüedad los han venido usando.  Este derecho no prescribe, ni es retroactivo.

Artículo 34º: Los uniformes deberán estar marcados de la siguiente manera: en el reverso de la camiseta deberán llevar un número de siete (7) pulgadas de alto, como mínimo, y de un color totalmente contrastante al uniforme, no ribeteados.  El pantaloncillo deberá también llevar el mismo número de la camiseta en la parte frontal, de forma visible y de un color contrastante.

Acápite A: Debido a que los jugadores de la Categoría Reservas tienen la posibilidad de alternar en la Categoría Profesional, los números de las camisetas deberán ser secuenciales o diferentes para cada jugador inscrito del 1 al 99 con dos dígitos como máximo; lo anterior, es para evitar números repetidos en las categorías.

 

ÁRBITROS

Artículo 35º: Los árbitros que dirigirán el presente torneo, en todas sus fases, serán nominados por la Comisión Arbitral de la FEPAFUT.

Artículo 36º: Después de cada partido, los árbitros deberán:

a)      Redactar un informe sobre todo lo acontecido durante el partido en el formulario oficial (planilla de juegos) y los informes adicionales que estime convenientes.

b)      Deberán entregar el acta arbitral de cada juego, a más tardar, una hora después de la realización del partido.

 

COMISARIOS

Artículo 37º: La Dirección Ejecutiva de la COMISION DE FUTBOL PROFESIONAL, designará a los Comisarios en cada uno de los partidos del presente torneo, los cuales serán la máxima autoridad de cada partido y coordinará con el club local, así como con la empresa PRODENA a quien le ha sido cedido los derechos de administrar la organización y seguridad del evento, en general; además, serán custodios del buen desarrollo del partido y el fiel cumplimiento de las normas y reglamentos que rigen el presente torneo.

 

Responsabilidades:

 

  • Retirar en las oficinas de la Dirección Ejecutiva de la Comisión de Fútbol Profesional de la FEPAFUT y/o PRODENA, según corresponda: el informe arbitral, la planilla de juegos y los seis (6) balones a utilizarse en el partido.
  • Presentarse con Dos (2) Horas de anticipación al Estadio correspondiente, verificar las condiciones de las instalaciones (camerinos, baños, estado de la cancha, etc.) y que se cumpla con las normas reglamentarias.
  • Verificar la presencia de la seguridad policial en el Estadio, de acuerdo a las obligaciones adquiridos por PRODENA y que se le brinden las facilidades a la Cuarteta Arbitral para el cumplimiento de su labor; además, de mantener permanentemente comunicación con ambas autoridades.
  • Entregar a los responsables de los Clubes actuantes las planillas de los jugadores (anotando la hora de entrega de la misma).
  • Retirar al finalizar el partido el informe arbitral y los balones del partido; posteriormente, deberá entregarlos en la oficina de la Dirección Ejecutiva de la LPF, a más tardar, el día siguiente de la celebración del mismo.
  • Confeccionar un informe sobre el partido, mencionando cualquier situación ocurrida durante la realización del mismo.
  • Coordinar con el Encargado de cancha de PRODENA y del club local, lo relacionado con la exposición de las vallas del Gran Patrocinador y Patrocinadores Oficiales, de acuerdo a las obligaciones adquiridas por PRODENA, la seguridad y administración del partido.

DECLARATORIA DE POSICIONES

Artículo 38º: La declaratoria de posiciones, se emitirá dentro del término de cinco (5) días después de finalizado el Torneo en todas sus fases, conforme a lo establecido en el presente reglamento.

  • El título de Campeón Goleador se le adjudicará al jugador que haya anotado el mayor número de goles en el Torneo, así se declarará un CAMPEON GOLEADOR CLAUSURA 2010.
  • El título de Portero Menos Vencido, se le adjudicará al jugador que promediado el número de partidos jugados y la cantidad de goles recibidos, obtenga el mejor promedio de goles en el  Torneo.  Se excluyen los goles recibidos en partidos adicionales, si se realizaran.
  • El título de Jugador Más Valioso se le adjudicará al jugador escogido por los periodistas de los diferentes medios designados por PRODENA y la COMISION DE FUTBOL PROFESIONAL de la FEPAFUT.
  • En caso de empate, el premio asignado será dividido en partes iguales entre los jugadores empatados.

 

SISTEMA DE COMPETENCIA

Artículo 39º: Los Torneos Apertura 2010 y Clausura 2011 de la Categoría Profesional y Reservas constarán de las siguientes fases: serie regular  o fase de clasificación, fase semifinal y Final.

SERIE REGULAR O FASE DE CLASIFICACION

Artículo 40º: En la fase de clasificación inicial (Serie Regular) de los respectivos torneos participarán diez (10) equipos, los cuales jugarán todos contra todos en partidos de ida y vuelta.  En total,  la serie regular contara  de 18  Jornadas y se jugarán 90 juegos.  Se asignarán los partidos de Local y Visitante.

Todos  los   partidos   correspondientes  a  la   jornada   18  se   jugarán  en  los  horarios   simultáneos.

Excepcionalmente  podrá  autorizarse  un horario  diferente en aquellos partidos cuyos resultados no

Incidan en la clasificación a la siguiente fase o al descenso.

 

FASE SEMIFINAL

Artículo 41º: Clasificarán los cuatro (4) primeros con mayor puntaje en la tabla general, conformada por los diez (10) equipos a una fase Semifinal en partidos de Ida y Vuelta y jugaran así:

  • 1er Lugar vs. 4to Lugar
  • 2do Lugar vs. 3er Lugar

Los equipos que ocupen el 3ro y 4to lugar jugarán como locales en el primer encuentro. En caso de finalizar empates en el resultado global con similar diferencia de goles, luego de ambos partidos (no teniendo influencia alguna los goles marcados de visitantes), se jugaría una prórroga, la cual sería siempre de dos (2) partes de 15 minutos cada una, con un descanso de 5 minutos al final del tiempo reglamentario.  Y si la prórroga agotase todo su tiempo y la igualada persistiese en el marcador, se ejecutarán tiros penales para definir el ganador, aplicándose para ellos el procedimiento decidido por el International Football Association Board (IFAB) y publicado por FIFA.

FASE FINAL

Artículo 42º: Los ganadores de cada llave, escenificarán la Final de cada torneo en Partido Único, a celebrarse en el Estadio que designe la COMISION DE FUTBOL PROFESIONAL a propuesta de PRODENA.  En caso de finalizar empates en el resultado global de ambos partidos, se jugaría una prórroga, esta será siempre de dos (2) partes de 15 minutos cada una, con un descanso de 5 minutos al final del tiempo reglamentario, Si durante las dos partes de la prórroga no se anota ningún tanto, se ejecutarán tiros penales para definir el ganador, aplicándose para ello el procedimiento decidido por el Internacional  Football Association Board y publicado por la FIFA.

 

ASIGNACION DE PUNTOS

Artículo 43º: En cada juego, el equipo ganador se adjudicará tres (3) puntos, en caso de empate – un (1) punto para cada equipo.  El equipo perdedor no obtendrá puntos.  No obstante lo anterior, cualquier equipo podrá perder puntos cuando incurriese en faltas reglamentarias, que así lo establezcan y así sea sancionado por la Comisión Disciplinaria o la Comisión de Apelaciones de la FEPAFUT.

 

DEFINICION DE LA TABLA DE POSICIONES

Artículo 44º: Se aplicará el siguiente sistema:

44.1 Diferencia de Goles (a favor y en contra)

44.2 Mejor resultado entre ambos equipos

44.3 Mayor número de goles anotados

44.4 Cantidad de partidos ganados

44.5 Cantidad de partidos perdidos

44.6 Realización de partido extra

DERECHOS

 

Artículo 45º: Los equipos que obtengan el título de Campeón del Torneo de Apertura 2010 y Clausura 2011, obtendrán el derecho de participar en la Liga de Campeones de CONCACAF, conforme a los criterios y procedimiento establecido por la CONCACAF.  Si el mismo equipo fuese Campeón de los Torneos de Apertura 2010 y Clausura 2011, entonces el segundo representante saldría del mejor segundo lugar, de acuerdo a la puntuación global de las rondas regulares de los dos torneos y su consiguiente definición por la tabla de posiciones.

DEMANDAS

 

Artículo 46º: Los clubes podrán demandar o protestar ante la Comisión Disciplinaria la anulación de un partido y la adjudicación de los puntos disputados, mediante el cumplimiento de los siguientes requisitos:

46.1 El representante legal del Club deberá presentar por carta firmada, correo electrónico    firmado o Fax, dentro de los dos (2) días hábiles en horarios de oficina siguientes a la celebración del partido, la demanda o protesta respectiva con indicación clara de los hechos y los fundamentos normativos.

46.2           La demanda deberá ser acompañada de una constancia expedida por la Dirección Ejecutiva o Administrativa de la FEPAFUT, sobre la consignación de US$.200.00.

Artículo 47º: La Comisión Disciplinaria rechazará la demanda cuando no se cumpla alguno de los requisitos señalados en el artículo anterior, lo dispuesto en el Reglamento Disciplinario o cuando se fundamente en resoluciones que el árbitro del partido adopte en aplicación de las reglas del juego.

Artículo 48º: Podrá demandarse un partido por:

a)       Suplantación de un jugador

b)      Falsificación.

c)       Habilitar un jugador en la misma jornada con el mismo número o registro de camiseta.

d)      Inscripción en la planilla o actuación de un jugador o miembro del personal técnico, suspendido o inhabilitado.

e)      Realización de cambios de jugadores en número mayor al autorizado.

f)        Suspensión de un partido debido a causas no justificadas o por situaciones no reglamentarias imputables a un club o a personas vinculadas a este.

g)       En caso de demostrar anomalías en los puntos anteriores la Dirección Ejecutiva de la Comisión de Fútbol Profesional hará de oficio esa gestión y sancionará al club infractor.

Artículo 49º: Un Club podrá solicitar la adjudicación de los puntos respectivos cuando, a su juicio el partido no se hubiere efectuado por culpa del equipo contrario.

Artículo 50º: Al admitirse la demanda, la Comisión Disciplinaria hará traslado de la misma al Club demandado, para que conteste dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la notificación.  La falta de contestación dentro del término estipulado, hará presumir la veracidad de los hechos y fundamentos normativos allegados.

Artículo 51º: De prosperar la demanda, los puntos en disputa serán adjudicados en la tabla de posiciones al Club demandante.  Además, se anulará el resultado del partido y se anotará como marcador de 3 a 0 a favor del demandante, tal cual lo establece el Reglamento Disciplinario.

Artículo 52º: Cuando una de las partes en contienda solicite la práctica de una diligencia indispensable para la suficiente ilustración de la Comisión Disciplinaria, ésta podrá exigirlas y los gastos que demande serán sufragados por el peticionario.  La Comisión solo se hará cargo de los gastos, cuando la diligencia ordenada sea de oficio de la misma.

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 53º: Los equipos participantes se comprometen a respetar y atenerse íntegramente a los Estatutos, Reglamento y Sistema de Competencia y las decisiones de la Comisión Disciplinaria y la Comisión de Apelaciones de la FEPAFUT, cuando correspondan.

Artículo 54º: La Comisión de Fútbol Profesional en conjunto con PRODENA emitirán los siguientes carnets de identificación:

A.      Carnet de Jugadores y Técnicos inscritos de ambas categorías.

B.      Carnet de Directivos de la FEPAFUT

C.      Carnet de Directivos de los Clubes

 

DISPOSICIONES FINALES

Artículo 55º: El calendario de juegos será aprobado por la COMISION DE FUTBOL PROFESIONAL conforme al que haya sido elaborado por PRODENA, y será un Anexo del presente Reglamento, y se entenderá que forma parte del mismo.

Artículo 55.1°: La sumas producto de las cotizaciones de los partidos se acumularán y se distribuirán

Entre los 10 clubes participantes en partes iguales, al final de cada Torneo.

Artículo 56º: Todos los casos no previstos en el presente Reglamento serán resueltos por la COMISION DE FUTBOL PROFESIONAL a través de la Dirección Ejecutiva en los casos de índole reglamentario y deportivo, y cuyas resoluciones serán de inmediata observancia general. Los casos relacionados con la organización de los eventos serán resueltos por PRODENA como cesionario de los derechos de la administración de los partidos.

Artículo 57º: Cualquier norma no contemplada en este Reglamento, la COMISION DE FUTBOL PROFESIONAL tiene plena autoridad para resolver en primera instancia, enviarlos a la Comisión Disciplinaria.

Artículo 58º: Se establece la prueba de Doping; la misma será ejecutada de acuerdo al Reglamento de Control de Doping de la FEPAFUT.

Artículo 59º: El presente Reglamento y su Sistema de Competencia entran en vigencia inmediatamente después de ser aprobado por la COMISION DE FUTBOL PROFESIONAL, y sancionado por la FEPAFUT.

Dado en la ciudad de Panamá, a los doce (15) días del mes de julio de 2010.

SPORTING CAMPEÓN

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